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¿AUTOCURATELA: TOMA LAS RIENDAS DE TU FUTURO HOY 


La entrada en vigor de la Ley 8/2021 ha supuesto un cambio de paradigma en nuestro país: hemos pasado de un sistema de "incapacitación" a uno de apoyos basados en el respeto a la voluntad, deseos y preferencias de la persona. En este nuevo contexto, la autocuratela se erige como la herramienta de previsión más potente para decidir quién y cómo nos cuidará si el día de mañana llegamos a necesitar ayuda.

Como abogados especialistas en derecho de la discapacidad, en este artículo te explicamos de forma sencilla qué es esta figura y cómo puedes crearla para garantizar que tu voz sea escuchada en el futuro.

1. ¿Qué es exactamente la autocuratela?

La autocuratela es una medida de apoyo voluntaria que permite a cualquier persona, en previsión de que en el futuro necesite apoyos para ejercer su capacidad jurídica, proponer en escritura pública el nombramiento o la exclusión de determinadas personas para que ejerzan el cargo de curador .

A diferencia de la antigua tutela, donde el juez decidía de forma casi automática, ahora el diseño de este "apoyo judicial" lo haces tú de antemano .Si llega el momento en que un juez deba constituir una curatela, estará obligado a respetar lo que tú dispusiste, salvo que existan circunstancias graves y desconocidas en el momento en que hiciste el documento.

2. Requisitos para otorgar autocuratela

Para que este documento tenga plena validez legal, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Capacidad: Debes ser mayor de edad o menor emancipado.
  • Forma: Es imprescindible que se realice mediante escritura pública ante Notario.
  • Previsión: Se otorga ante la apreciación de circunstancias que puedan dificultar en el futuro el ejercicio de la propia capacidad, como enfermedades neurodegenerativas o simplemente el envejecimiento natural.

3. ¿Cómo crearla? Pasos prácticos

El proceso es más sencillo de lo que parece, pero requiere de una reflexión profunda:

  1. Reflexión personal: Piensa en quién es la persona de tu máxima confianza. Puede ser tu cónyuge, un hijo, un hermano o incluso una fundación sin ánimo de lucro dedicada al apoyo de personas con discapacidad.
  2. Cita con el Notario: El Notario actuará como un primer apoyo institucional, asegurándose de que comprendes el alcance del documento y de que expresas tu voluntad de forma libre y sin influencias indebidas.
  3. Redacción del "Traje a Medida": No te limites a dar un nombre. Puedes incluir reglas sobre el cuidado de tu persona, la administración de tus bienes, e incluso establecer medidas de control para evitar abusos o conflictos de intereses.
  4. Inscripción: Una vez firmada, el Notario se encargará de comunicarlo al Registro Civil para que conste en tu hoja individual y el juez pueda encontrar el documento si alguna vez lo necesita.

4. ¿Qué puedo incluir en el documento? (Contenido recomendado)

La ley te otorga una amplísima libertad para diseñar tu sistema de apoyos. Recomendamos incluir:

  • Nombramiento y exclusión: Puedes decir quién quieres que sea tu curador y, muy importante, quién no quieres que lo sea bajo ningún concepto.
  • Reglas de administración: Cómo quieres que se gestionen tus ahorros, tu casa o tu patrimonio.
  • Cuidado personal: Dónde quieres vivir (por ejemplo, manifestar tu deseo de permanecer en tu casa mientras sea posible) y disposiciones sobre tu salud.
  • Medidas de control: Puedes exigir que tu curador rinda cuentas no solo al juez, sino también a otros familiares o a un consejo de confianza.
  • Retribución: Puedes fijar si tu curador debe cobrar algo por su trabajo y en qué cuantía.

5. Recomendaciones de experto

Como abogados, solemos dar tres consejos clave a nuestros clientes:

  1. Combínala con un Poder Preventivo: Mientras la autocuratela va dirigida al juez, el poder preventivo permite que tu persona de confianza actúe de inmediato sin necesidad de ir al juzgado, lo cual es mucho más ágil para el día a día.
  2. Habla con los elegidos: Es muy recomendable que las personas que designes conozcan tu decisión y, si es posible, que firmen contigo la escritura para aceptar el encargo.
  3. Actualiza el documento: Si tus circunstancias cambian (un divorcio, el fallecimiento de un hijo designado, etc.), puedes y debes volver al Notario para modificar tu autocuratela.


Conclusión:La autocuratela es el ejercicio supremo de tu autonomía. No dejes que el azar o un procedimiento judicial frío decidan sobre tu vida. Planificar hoy es la mejor garantía de que tus valores y deseos se respeten mañana.

Si tienes dudas sobre cómo redactar tus cláusulas o quieres asegurar tu futuro patrimonial, contacta con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte a diseñar tu propio sistema de apoyos.